"Acepto": Motivaciones, valores y discursos sobre el matrimonio LGBTQ+ en Chile

"Acepto": Motivaciones, valores y discursos sobre el matrimonio LGBTQ+ en Chile

"I do": Motivations, Values and Discourses on LGBTQ+ Marriage in Chile EN

Mariana Valdebenito 1
Victoria Valdebenito 1
1 Universidad Bernardo O'Higgins, Chile
Recibido: 06/01/2025 | Aceptado: 04/11/2025 | Publicado: 13/12/2025
Resumen ES

El 7 de diciembre de 2021 fue legalizado el matrimonio igualitario en Chile. La ampliación de la institución matrimonial a parejas del mismo sexo constituye un avance significativo en la promoción de la igualdad de género desde la política pública. Chile se convirtió en el octavo país de América Latina en reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo. Desde la promulgación de la normativa sobre acuerdo de unión civil (AUC), estas personas podían acceder a la formalización de sus relaciones y obtener algunas protecciones legales, pero persistían limitaciones que no les permitían disfrutar de los mismos derechos y beneficios del matrimonio. Esta investigación tiene como objetivo principal explorar, a partir de la biopolítica, cómo las normativas y la disciplina estatal, junto con el dispositivo del matrimonio entre personas del mismo sexo, influyen en la vida cotidiana de las personas LGBTQ+ chilenas. Regularmente estos avances legales suelen verse como pasos hacia la justicia y el fortalecimiento institucional, para las vidas históricamente disidentes pueden implicar una normalización dentro del mismo sistema que las ha excluido. La discusión gira en torno a los efectos del matrimonio igualitario y la diversidad sexual como objeto de derechos y reconocimiento a partir de la normatividad. Los resultados dan cuenta, a partir de los testimonios, de cómo estas dificultades están presentes en las vivencias de quienes fueron entrevistados.

Palabras clave
Ley de Matrimonio Igualitario comunidad LGBTQ+ biopolítica
Abstract EN

On December 7th 2021, same-sex marriage was legalized in Chile, marking a significant step forward in promoting gender equality through public policy. With this, Chile became the eighth Latin American country recognizing marriage between same-sex couples. Prior to this, the "Civil Union Agreement" (AUC) allowed couples to formalize their relationships and gain some legal protections, but with limitations that did not grant the same rights and benefits as marriage. This research aims to explore, through the lens of biopolitics, how state regulations and discipline, along with the framework of same-sex marriage, impact daily lives of LGBTQ+ people in Chile. These legal advances are often regarded as steps toward justice and institutional strengthening; however, for historically dissident lives, they may entail a process of normalization within the very system that has excluded them. The discussion revolves around the effects of marriage equality and sexual diversity as subjects of rights and recognition within the framework of normativity. Meanwhile, the results through testimonies highlight how these challenges are evident in the lived experiences of those interviewed.

Keywords
same-sex marriage law LGBTQ+ community biopolitics

1. INTRODUCCIÓN

La aprobación de la ley 21.400 en 2021 convirtió a Chile en el octavo país de América Latina en reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo a nivel nacional, después de Argentina, Brasil, Colombia, Costa Rica, Ecuador, Uruguay y algunos estados de México. Antes de la legalización de la igualdad matrimonial, Chile había regulado las uniones civiles, conocidas como "acuerdo de unión civil" (AUC), que permiten a parejas del mismo y diferente sexo formalizar sus relaciones y obtener algunas protecciones legales. Sin embargo, el AUC no otorgaba todos los derechos y beneficios que brinda el matrimonio. La investigación que aquí se presenta tiene como objetivo principal explorar cómo la biopolítica y el dispositivo del matrimonio entre personas del mismo sexo influyen en el bienestar psicológico, las motivaciones, la identidad y las dinámicas sociales de las personas LGBTQ+ en este país, entendidos como aspectos donde se traduce la puesta en práctica de derechos civiles.

2. MARCO TEÓRICO

2.1. Contexto histórico y conceptual de la biopolítica

El análisis de la biopolítica se debe inscribir en el contexto latinoamericano y chileno, desde su recepción marcada por regímenes neoliberales, desigualdades estructurales y modos específicos de gobierno de la vida. Por ello, es necesario abordarlo de manera diagramática, identificando y representando las conexiones y dinámicas que lo componen; es decir, las lógicas de gestión de la vida que se agudizan en los años setenta y que permean el contexto latinoamericano, especialmente con la articulación constitucional del año 1980 con el sistema económico (Salinas, 2015). Esto implica considerar las vidas de la población en función de cómo se moldean a partir de un capitalismo neoliberal que define profundamente las estructuras sociales y, especialmente, las estatales, tomando como referencia el caso chileno (Atria et al., 2013).

Desde esta perspectiva económico-política --de gestión de recursos y posibilidades desde el ámbito estatal-- se configura un horizonte de comprensión a través del cual se examinan las transformaciones disciplinarias del poder mediante un régimen de verdad que legitima sus propias dinámicas; es decir, un régimen de veridicción (Salinas, 2023). Así, el ejercicio de control sobre los cuerpos es esencial para la narrativa de los cuerpos normativos --y de aquellos por normalizar--, que deben ser incorporados a estructuras legales funcionales, como en el caso del contrato matrimonial. La elección de este caso en particular permite un examen más práctico y situado, sustentado en fundamentos científicos y metodológicos. Como argumenta Salinas (2023), esta puesta en marcha de la biopolítica puede abordar el mismo problema en diferentes contextos y dar cuenta de sus diversidades.

2.2. Tecnologías de poder y gestión estatal

Este trabajo muestra cómo la gestión estatal puede entenderse como tecnologías de poder en la medida en que se emplean y experimentan transformaciones en sus condiciones de aceptación dentro de comunidades históricamente marginadas (Bidaseca, 2023) y en sus respectivas dimensiones vitales. Dichas transformaciones impactan de forma significativa en las personas LGBTQ+.

A partir de la ejemplaridad, del modelo a seguir con el matrimonio igualitario, estas transformaciones involucran la dimensión política de sexualidades históricamente no normalizadas, empujándolas hacia un régimen de veridicción o, como proponen Albornoz y Barrientos (2024), a una "norma social ampliamente validada y reforzada" que es aceptada a cambio de consumo, control corporal y regulación de la propia vida por necesidades adyacentes, como el reconocimiento de niñas y niños con padres y madres del mismo sexo, la administración de las herencias, entre otras. El discurso de los derechos se convierte así en una herramienta que condiciona el acceso, tal como lo argumenta Foucault en el volumen primero de su Historia de la sexualidad (2014).

2.3. Límites del enfoque foucaultiano y regímenes de veridicción

Sin embargo, Foucault no aborda directamente situaciones de violencia explícita hacia ciertos sujetos, sino más bien las prácticas que legitiman los discursos que establecen la regulación y vigilancia sobre los cuerpos disidentes que, en este caso, provienen de la experiencia masculina-homosexual. Esto, desde las innovaciones del Estado y de la sociedad neoliberal, especialmente en Francia, Estados Unidos y Brasil.

No llega a dar cuenta de las tecnologías que operan dentro de comunidades marginadas, de las estructuras perpetradas y dinamizadas que complejizan la diversidad sexual según el lugar donde se sitúan. Tampoco profundiza en las interfaces y transformaciones del poder sin generalizar. Esa es una tarea que queda pendiente.

Los regímenes de veridicción que establece la norma sobre estas lógicas y acciones son distinguibles en su propia forma de interpretación, sin aprehender por completo (Salinas, 2023), es decir, dejando un evidente devenir futuro cuyas consecuencias y modos de darse no han sido planificados: un estado constante de excepcionalidad que es parte de la norma. El matrimonio es una norma excepcional para situaciones excepcionales, no para la diversidad sexual en su conjunto. Es una mediación del poder entre los que gobiernan y los gobernados (Bidaseca, 2023), la que no viene a deslegitimar las tecnologías de muerte, asesinato, odio y vida precaria en aumento que viven las personas LGBTQ+.

2.4. Necropolítica, economía política y estructuras normativas

Así, es necesario dar cuenta de los ajustes de las diversas categorías políticas que operan desde la norma (Boyle et al., 2022). Se trata de un diagrama de poder compuesto por instituciones, procedimientos, reflexiones, análisis y redes complejas, presente en el matrimonio y que va instrumentalizando dispositivos de la economía política (Foucault, 2014), tales como los núcleos de orden social, como lo es la familia. Aunque, como se propone desde la necropolítica (Mbembe & Leitão, 2023), coexisten y se relacionan intrínsecamente con "hacer vivir y dejar morir", no son parte muchas veces de la experiencia internacional de personas indígenas y afrodescendientes, mujeres y disidentes sexuales que no son el sujeto excepcional del matrimonio igualitario.

Lo anterior recalca que no es posible pensar en lo normativo sin un contexto de expansión del régimen de la economía política y sus estructuras basadas en clase, raza y sexualidad obligatoria (Lugones, 2020). Como afirma Fanon (1963), la deshumanización fue (y es) una trampa para desmantelar la lógica europea, y nos encontramos atrapados en esa trampa, inventando nuestra propia existencia y escindiendo las experiencias vitales que persisten y agudizan problemáticas estructurales como el racismo, el clasismo, etc. (Lugones, 2020).

Por eso es necesario contextualizar dichas interacciones desde la diversidad que las compone. Estas estructuras se convierten en herramientas biopolíticas (Foucault, 2007) que impactan las vidas de los individuos bajo este tipo de regulación legal, por lo que es importante dar cuenta de las percepciones con respecto a su bienestar en la normatividad matrimonial y la necesidad de estar en los márgenes de lo aceptado.

2.5. Sujetos disidentes y consentimiento político

El sujeto y los territorios deben ser capturados por la conceptualización biopolítica si se tienen en consideración la discreción económica y al alcance de su propia existencia (Spivak, 2004), como un diagrama operacional en circunstancias concretas y diversas (Salinas, 2015), y, en este caso, el sujeto disidente no está exento.

Por ello, con el propósito de lograr dar cuenta de ellos aquí, es necesario desarrollar datos gráficos y funcionales para respaldar estos argumentos frente a las lógicas del poder de la práctica político-económica. No se trata solo de fundamentar la disidencia LGBTQ+, sino de reconocer las oportunidades dentro de la normalidad excepcional al reconocer a la familia o proporcionar visibilidad.

Sin embargo, también debemos considerar cuántos no están incluidos en dichos procesos o cómo estos no afectan estructuralmente sus formas de vida. Las comunidades disidentes son, de hecho, sujetos cruciales, que impulsan este diagrama hacia adelante en relación con los saberes que lo van actualizando y situando (Deleuze, 2015).

Los regímenes de veridicción deben ser examinados críticamente desde una lente interseccional, sobre las verdades que se establecen (Salinas, 2015). Son garantes de una vida auténticamente libre en este contexto, actuando como interfaces para el consentimiento político, y moldeando los deseos hacia formas específicas, como lo es una familia nuclear. Estas legitimaciones, como el matrimonio, se basan en realidades concretas, permitiendo la subsunción incluso de formas de vida resistentes, como las abrazadas por los disidentes sexuales.

2.6. Síntesis

De este modo, este trabajo asume las dinámicas relacionales familiares como interacciones de orden psicológico, biológico y social que estructuran la vida cotidiana en aspectos como la comunicación, la afectividad, la autoridad y la crianza (Jiménez, 1999). Asimismo, entiende la motivación social como las respuestas que las personas generan frente a estímulos sociales y su incidencia en el comportamiento (Armayones et al., 2023). Estos conceptos, situados en el marco de las lógicas biopolíticas, permiten analizar cómo las estructuras normativas --incluidas las que regulan la vida familiar y matrimonial-- operan como tecnologías de poder que inciden en la experiencia y el bienestar de las comunidades históricamente marginadas, particularmente las LGBTQ+.

3. DISCURSOS Y SISTEMAS DE CREENCIAS

La biopolítica, los discursos y los sistemas de creencias se enmarcan en su operatividad dentro de un régimen de veridicción, en un contexto de poder guiado por fuerzas que establecen una forma de vida legitimada por tecnologías estratégicas para gobernar y regular a la población (Foucault, 2007). Este significado deriva de y se relaciona con una serie de praxis --como las prácticas institucionales, jurídicas, médicas, educativas y administrativas-- que se integran en un diagrama de poder que no se sostiene por la autoridad de un único protagonista, sino a través de procesos de regulación y normalización. Estas praxis generan y mantienen instituciones, dispositivos y técnicas orientadas a moldear la conducta, gestionar la vida y asegurar el control de la población a gobernar.

Cuando los discursos actúan más allá de las normas, participando activamente de su producción y reorganización, también tienen la posibilidad de convertir prácticas discursivas que, en el presente, ofrecen y persiguen la autonomía, pero que al mismo tiempo generan una nueva estructura atomizada del ser. Para que podamos ser nosotros mismos, es necesario coordinar sentimientos y sistemas de creencias dentro del sistema social específico de cada quien (Rose et al., 2012). Esto conduce a una comprensión colectiva de lo que significa ser una mejor persona. Es un ethos político que moldea la conducta. En otras palabras, las normas actúan a través de los discursos y los sistemas de creencias como un análisis y gestión de la vida, estableciéndose y haciéndolos persuasivos, e incluso modificándose si es necesario.

Por lo tanto, la ley de matrimonio igualitario puede entenderse como una manifestación de la normatividad y de los mecanismos de regulación de la vida, más allá de su dimensión explícita sobre la igualdad de género. Es decir, no solo establece un marco legal para el reconocimiento de parejas del mismo sexo, sino que también define qué formas de vida son legitimadas y protegidas por el Estado, fijando criterios para su reconocimiento jurídico y social. Sin embargo, esto no niega su importancia para la política pública ni la necesidad de un dominio regulatorio que incluya a otros tipos de familias --como las familias homoparentales, ensambladas o de crianza comunitaria--, que históricamente han sido excluidas de derechos y leyes. Esta dualidad la hace compleja, pues no permite una simple escapatoria de las dinámicas de poder que la sostienen: por un lado, amplía derechos; por otro, impone formas específicas de reconocimiento y control. En consecuencia, crea nuevas formas de gestión de la vida en ámbitos como el bienestar psicológico de las personas involucradas, la configuración de la identidad familiar y sexual, y el dinamismo social derivado de la inclusión de ciertas diversidades dentro del marco legal.

Vivir dentro de y ser reconocido como parte del régimen de veridicción que rodea a la población no es algo que deba minimizarse. No hay una distinción clara entre dentro y fuera; no existen formas de vida que sean inherentemente más o menos auténticas en la biopolítica. El problema radica en que los discursos y los sistemas de creencias son privados de derechos y empujados hacia la normalización y regulación, mediante prácticas que aparentan ser inclusivas, pero que, en realidad, exigen la adhesión a marcos normativos preexistentes. Tal como advierten Albornoz y Barrientos (2024), estas políticas de reconocimiento tienden a consolidar "una norma social ampliamente validada y reforzada" que se acepta a cambio de beneficios legales y sociales, como el acceso a derechos familiares o patrimoniales, pero que simultáneamente delimita y condiciona las formas de vida legítimas. De este modo, el reconocimiento --por ejemplo, en el caso del matrimonio igualitario-- opera como un contrato social que otorga legitimidad sólo si se cumplen determinadas expectativas normativas, desplazando o silenciando aquellas existencias que no encajan en el molde institucional. Esta inserción en el régimen de veridicción no ocurre en abstracto, sino que se ancla en jerarquías históricas y en violencias simbólicas y materiales que persisten incluso bajo políticas "progresistas", transformando potenciales resistencias en conformidades reguladas. El riesgo no radica únicamente en la exclusión directa, sino en la integración condicionada, que limita las posibilidades de construir una sociedad con múltiples opciones y horizontes de vida diversos. El presente trabajo se centra en estas disonancias.

4. ANTECEDENTES

Hasta la fecha, 39 países en todo el mundo han promulgado leyes para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, proceso que se enarbola como un paso hacia la igualdad de género y la reducción de desigualdades estructurales. Los Países Bajos fueron el primer país en hacerlo, en el año 2000 (Masci & Desilver, 2019). De manera progresiva, el acuerdo de la población con este tipo de iniciativas ha ido aumentando en los países occidentales, aunque sigue existiendo censura social en otros (The Data Team, 2017). El matrimonio igualitario ha sido parte de una campaña de derechos humanos (The HRC Foundation, 2023).

En América Latina, después de Argentina en 2010, países como Uruguay, Brasil, Colombia, Ecuador, Costa Rica y Chile han avanzado en esta dirección. En Chile, tras ser propuesto por la presidenta Michelle Bachelet en 2017 (Swissinfo, 2023), el matrimonio igualitario fue legalizado en 2021 mediante la ley 21.400, entrando en vigencia en marzo de 2022 para reconocer y regularizar el matrimonio entre personas del mismo sexo. Este año, 6.850 parejas ya se han casado en el país. De estas uniones, 55.27% fueron entre mujeres y 44,73% entre hombres (MOVILH, 2025a). En cuanto a los detalles por región, de las 16 que componen la estructura administrativa del país, la Región Metropolitana lidera con 2.403 matrimonios (55%), seguida de la Región de Valparaíso (610), Bío Bío (224), O'Higgins (192), Antofagasta (176), Maule (158), Los Lagos (154), Coquimbo (122), Araucanía (86), Tarapacá (85), Atacama (62), Los Ríos (57), Arica y Parinacota (53), Ñuble (53), Magallanes (39) y Aysén (9). Existía una ley de unión civil desde 2015. A 2020 se habían celebrado más de 35.000 uniones civiles en Chile, de las cuales el 10.8% corresponden a uniones entre hombres gais y el 10.5% a uniones entre lesbianas (MOVILH, 2025b). Estos matrimonios indican cambios en el foco de ambas leyes.

De acuerdo con estos antecedentes, en este trabajo se investiga la influencia del matrimonio como dispositivo en la vida cotidiana de personas de la comunidad LGBTQ+, explorando sus percepciones en cuanto a motivaciones, dinámicas relacionales y sistemas de creencias. Así, la investigación reportada responde a los siguientes objetivos.

5. OBJETIVOS

Objetivo general: explorar cómo la biopolítica y el dispositivo del matrimonio entre personas del mismo sexo influyen en la vida cotidiana de las personas de la comunidad LGBTQ+ en Chile.

Objetivos específicos:

  1. Estudiar las motivaciones de las personas para casarse.
  2. Indagar sobre los efectos del matrimonio en las dinámicas relacionales familiares de esas parejas.
  3. Identificar el discurso de esas personas sobre los sistemas de creencias en torno al matrimonio.

6. METODOLOGÍA

6.1. Diseño metodológico

Dado el carácter del estudio, se consideró apropiado un diseño cualitativo para el objetivo biopolítico de la investigación. Específicamente, el de desmantelar la violencia contra las comunidades LGBTQ+, ya que políticas como el matrimonio, que representan el pináculo del reconocimiento de derechos, no significan que la violencia se detenga, sino que esta se transforma y adquiere nuevas formas. Por ejemplo, a través de políticas públicas que, al definir tipos de uniones, generan exclusión para algunas personas. Para esto, se indagaron las percepciones sobre los matrimonios entre personas del mismo sexo en parejas en Chile, mediante un estudio exploratorio y transversal.

6.2. Participantes, criterios de inclusión y exclusión

La estrategia de muestreo consistió en un muestreo intencional, utilizando la técnica de bola de nieve. Los criterios de inclusión fueron que las personas estuvieran casadas o a punto de casarse (con una fecha establecida) bajo la ley de matrimonio igualitario en Chile. El criterio de exclusión se aplicó a las personas que deseaban casarse, pero no tenían una fecha definida.

Para la recopilación de datos se seleccionaron entrevistas en profundidad. Este enfoque es valioso para recopilar las perspectivas de los individuos (Mack et al., 2005). Además, este enfoque es consistente con el paradigma interpretativista que enmarca parte de la conceptualización del estudio, siendo una de las dos posiciones teóricas que informan la investigación, junto con las teorías críticas.

6.3. Procedimiento

Los participantes fueron contactados en línea. Se compartió un anuncio en Instagram y se envió un correo masivo para invitarlos a formar parte del estudio. Todos aquellos que respondieron al correo fueron finalmente entrevistados. En total, nueve personas aceptaron participar. Las entrevistas duraron aproximadamente media hora, se realizaron en línea a través de la plataforma Zoom y en persona, fueron grabadas en audio y luego transcritas en su totalidad, eliminando todos los datos identificativos. Finalmente, la muestra cualitativa incluyó a nueve participantes.

Ocho de los participantes son de Chile y uno de Argentina viviendo en Chile. Durante las entrevistas solo estuvo presente una investigadora del equipo. Se utilizó una pauta de entrevista. Las entrevistas no se repitieron, fueron grabadas como audio y luego se transcribieron. Se utilizó un criterio de saturación teórica para detener la recopilación de datos. Las transcripciones no fueron devueltas a los participantes.

La muestra final se definió considerando un muestreo intencional con un criterio de saturación teórica (Strauss & Corbin, 2002), seleccionando como participantes a aquellos que expresaron explícitamente su disposición a participar, es decir, una muestra de participantes voluntarios o autoseleccionados (Hernández et al. 2014). Las entrevistas se realizaron entre agosto y octubre de 2023.

Las entrevistas fueron realizadas por las dos investigadoras. Una de ellas se identifica como parte de la comunidad LGBTQ+. Ambas trabajan como profesoras en una universidad en Chile y tienen experiencia previa publicando trabajos e investigaciones cualitativas. No tenían ninguna conexión previa con los participantes. Se mantuvo un proceso de reflexividad durante todo el proceso de investigación.

6.4. Proceso de análisis

Para el análisis de los datos se utilizó la técnica de análisis de contenido de las entrevistas semiestructuradas, siguiendo las cuatro etapas definidas por Bengtsson (2016), a saber: (1) descontextualización, (2) recontextualización, (3) categorización y (4) compilación. La etapa 1 fue realizada por uno de los investigadores con el software Atlas.Ti, mientras que la etapa 2 fue llevada a cabo por un segundo investigador, quien trianguló la codificación inicial, ajustando la lógica inductiva del análisis para incorporar conceptos novedosos en los datos y producir el código final. Para concluir este proceso de triangulación, dos investigadores independientes revisaron la codificación. Finalmente, las etapas 3 y 4 fueron ejecutadas por el equipo en su conjunto, discutiendo permanentemente la consolidación de las categorías y definiciones, así como las relaciones entre ellas. Los participantes no proporcionaron retroalimentación sobre los resultados. La presentación a continuación utiliza códigos para identificar las citas. Existe coherencia entre los datos y los resultados presentados. Los temas se presentan claramente en las secciones de resultados y discusión. Los temas menores o divergentes fueron incorporados en dicha presentación.

Asimismo, en la presentación de los resultados se utilizan citas que transcriben exactamente lo que expresaron los entrevistados, con nombres ficticios, ya que, por un lado, es relevante transparentar la forma en que los participantes se expresan para dar mayor seriedad al estudio, y, por otro, dado que esta no es una investigación con fines prescriptivos, nuestro interés radica en mayor medida en el contenido de las respuestas y los detalles relevantes que puedan aportar al análisis de la muestra, que en la uso del lenguaje o el vocabulario utilizado.

6.5. Resguardos éticos

En cuanto a las consideraciones éticas y de calidad, se abordó la confiabilidad con el propósito de mantener la fiabilidad y la validez en el sentido en que estos conceptos se entienden en la investigación cualitativa (Schwandt, 1997). La confiabilidad es esa cualidad de una investigación y sus resultados que los hace dignos de consideración y que "resuenen" con las audiencias. Según Lincoln y Guba (1985), los estudios cualitativos deben cumplir con los criterios de confiabilidad: credibilidad, transferibilidad, dependencia y confirmabilidad.

Para garantizar que los datos sean creíbles, se utilizaron varias estrategias de investigación. Primero, fue necesario un período de seis meses para poder recopilar datos y obtener saturación teórica. La segunda estrategia fue utilizar más de un método de recolección de datos. Finalmente, se llevó a cabo una "retroalimentación entre pares" de manera regular durante las fases de planificación y recopilación de datos (Lincoln & Guba, 1985).

El segundo criterio, la transferibilidad, se refiere a la generalización del estudio en un sentido cualitativo, en lugar de en un sentido estadístico. En particular, hace referencia a si hay datos suficientes sobre el estudio para que el lector pueda establecer un grado de similitud entre este y otras situaciones a las que podrían trasladarse los hallazgos (Schwandt, 1997). Una de las estrategias adoptadas para cumplir con este criterio fue iluminar "generalizaciones" con descripciones detalladas del entorno para el análisis de los datos.

El tercer criterio, la dependabilidad, se refiere al rigor asociado con el proceso de investigación (Schwandt, 1997). Al respecto, Guba y Lincoln (1985) han abogado por el uso de una "pista de auditoría". Este enfoque permite que el lector pueda seguir el proceso del estudio paso a paso, para que determine si el proceso y las conclusiones son fiables. Para el estudio aquí reportado, se hicieron explícitos los motivos y procesos utilizados para la recopilación y análisis de los datos, respondiendo así a este criterio.

El último criterio, la confirmabilidad, se refiere al grado en que los datos y las interpretaciones del estudio están firmemente basados en la evidencia recopilada, y no en la imaginación de los investigadores (Lincoln & Guba, 1985). Para garantizar esto, los investigadores tuvieron en cuenta las siguientes preguntas al analizar los datos: ¿los hallazgos están fundamentados en los datos?, ¿las inferencias derivadas de los datos son lógicas?, ¿las categorías se ajustan a los datos? Además, debe establecerse la posicionalidad de los investigadores. Una de las investigadoras pertenece a comunidades LGBTQ+.

Se adoptaron criterios éticos apropiados a lo largo de la investigación. Se garantizó la confidencialidad de todos los participantes en todo momento. Por lo tanto, no se revelan los nombres de los participantes, sino que se han utilizado códigos para designarlos. Antes de comenzar el estudio, se obtuvo la aprobación ética de la universidad donde trabajan ambas investigadoras. Los datos recopilados a través de entrevistas fueron tratados como confidenciales. Se informó a los participantes sobre la naturaleza y el propósito de la investigación, y se les aseguró que su participación sería anónima y voluntaria. También se les informó que podían retirarse en cualquier momento sin necesidad de dar ninguna razón. Las entrevistas se grabaron digitalmente, excepto en los casos en los que los participantes prefirieron que se tomaran notas. Las entrevistas fueron transcritas. Los registros y transcripciones se han almacenado de manera segura y se conservarán durante un período de siete años antes de ser destruidos.

Finalmente, en términos de rigor y criterios éticos, la presente investigación respetó durante todo el proceso los criterios de participación voluntaria, firma del documento de consentimiento informado, confidencialidad y anonimato de la información. Por su parte, se respetaron los criterios de calidad cualitativa de credibilidad, auditabilidad y transferibilidad (Krause, 1995). Finalmente, el presente estudio contempló una etapa final de devolución de resultados a todos los participantes.

7. RESULTADOS

A continuación se presentan los resultados organizados en torno a temáticas y subtemas dentro de los objetivos específicos de la investigación.

7.1. Motivaciones para casarse

7.1.1. Motivaciones emocionales y las razones para decir "sí"

Con relación al primer objetivo específico, destaca que, en general, los participantes experimentaron sorpresa y alegría cuando se promulgó la ley en Chile en 2021, teniendo en cuenta que es un avance que afectaría su bienestar psicológico como consecuencia de un mejor posicionamiento social. Algunos declararon haber participado en la campaña para su aprobación, mientras que otros no creían que realmente sería aprobada y, por lo tanto, legitimada una forma de vivir que se les había sido negada en tanto visibilidad.

En cuanto a las razones y motivaciones para casarse, los participantes mencionaron motivaciones tanto simbólicas como materiales. Por ejemplo, simbólicamente, consideraron que esta ley es una implementación de los derechos de igualdad de género en Chile. Por lo tanto, casarse representaría ejercer estos derechos. En este sentido, un participante comentó:

"Por mi parte, me parece que es algo que asegura el derecho, que ha sido muy emocionante, que también ha servido para enseñar a la sociedad que las personas del mismo sexo pueden casarse y que no pasa nada, que es lo mismo. Es una especie de elección y también un sentimiento de inclusión. Sí, o sea, claro, se igualan los derechos..." (I8).

Así, casarse es una forma de ejercer poder para las personas de la comunidad LGBTQ+ y una manera de reducir las desigualdades.

En la misma línea, algunos se casaron para proyectar una imagen de diversidad entre las parejas, es decir, para dar ejemplos más allá de la heteronomía. Explicando esto, un participante afirmó:

"Queremos hacerlo por una cuestión de compromiso, para mostrarle al resto de la gente que hay tantos jóvenes que cuando eran niños probablemente escuchaban en las noticias... cosas que no puedo repetir. Hoy tal vez hay jóvenes o niños que están viendo otras noticias, otras cosas en las redes sociales, y creo que tal vez para ellos es aún más importante verlo que para nosotros. Para las futuras generaciones" (I7).

Otros decidieron optar por este contrato por "razones románticas", como formalizar su compromiso. Un participante, sobre esta concepción romántica, dijo:

"Pero obviamente no te casas solo porque es un contrato, sino porque también tienes sentimientos por esa persona y realmente quieres estar con esa persona toda tu vida. Porque no quieres hacerlo solo por eso, sino porque realmente sientes una conexión romántica. Sí, ella era la mujer de mi vida" (I9).

En relación al matrimonio como hito, otra persona agregó:

"Creo que por diferentes razones la parte romántica tiene que ver con hacer ese compromiso formal entre nosotros frente a nuestros amigos, nuestra familia, nuestros hijos, como este compromiso de que estamos comprometidos siempre con la otra persona" (I7).

Estos comentarios indican que el concepto de "romántico" se entiende como razones para desarrollar exclusivamente la relación y el vínculo entre la pareja.

En cuanto a las razones materiales, la protección del patrimonio económico y material fue la causa principal. Esto también se relaciona con poder representar a la pareja, si es necesario, en trámites o acciones legales. La otra razón material principal es proteger a los hijos en el matrimonio. El siguiente comentario ejemplifica esta idea:

"Pili y yo hicimos el AUC a principios de 2019. Llevábamos juntos desde 2017. Cuando se promulgó la ley, estábamos esperando que se promulgara, de hecho, porque estábamos planeando tener hijos y solo íbamos a tener hijos si se aprobaba la ley de matrimonio igualitario" (I4).

En la cita, AUC significa Acuerdo de Unión Civil, el recurso legal disponible desde 2017 para parejas LGBTQ+. Sobre el mismo punto, una pareja masculina agregó:

"Estábamos tratando de ir a una clínica. Tengo una amiga que quiere ser nuestra gestante altruista. Ya completó su maternidad, está casada, su esposo aprueba esto. Queríamos hacerlo con un óvulo de donante y con mi material genético. Pero la clínica nos negó la opción, es decir, nos dijeron que la gestación subrogada no estaba legalizada en Chile. Estamos planeando hacerlo en el extranjero ahora con la misma dinámica" (I8).

Estas citas reflejan opiniones de personas que estaban seguras y esperaban dar este paso como un proyecto de vida personal para formar una familia. Al respecto, cabe mencionar que a la fecha de este escrito existen 916 inscripciones de hijos/as de dos padres o dos madres (MOVILH, 2025b).

7.1.2. Evaluación de la ley de matrimonio

Los participantes compartieron opiniones y evaluaciones al respecto de la ley que ha estado en vigor desde principios de 2022. Esta, aunque se considera un avance en términos de igualdad de género, algunos expresaron preocupación por la posible pérdida de derechos, como lo indicó el siguiente participante:

"Sentimos que la ley es una cosa en teoría y otra en la práctica. Nos íbamos a encontrar con gente ignorante en el camino o a tener que dar explicaciones. Ahora tengo ocho meses de embarazo y otros miedos también nos vienen a la mente, como que me confundan con una tía cuando vayamos a registrar a nuestro hijo. Le pasó a una chica en el registro civil, algunos son más ignorantes o no tienen criterio. Como tener que estar siempre explicando, aunque la ley nos proteja. Estamos felices, sí, pero con miedos también" (I4).

Además, algunos señalaron que aún existen desafíos en los derechos de paternidad para personas en matrimonios del mismo sexo. Así, hay una falta de institucionalización de la ley. Como expresó un participante:

"Pero, en la práctica, seguimos a la deriva. Dicen que se aprobó por la buena voluntad de la gente. Pero, mira, mientras se aprobaba la ley de matrimonio igualitario, y como cualquier otra ley aprobada debe pasar por, no sé, la comisión de presupuesto para poder implementarla, y así. Se deben asignar recursos a las instituciones para que se implemente. No creo que sea la única, pero en el caso de esta ley hay muchas cosas, muchas cosas quedaron sueltas, mucha comunicación quedó pendiente. Entonces, aunque se discutió la ley de tal manera que a nivel laboral, por ejemplo, habría cinco días de permiso cuando nace tu hijo o cuando te casas, en la práctica no siempre se otorga, especialmente en el sector privado. Así que, sí, tal vez está escrito y la ley podría estar mejor redactada, deberían considerarse otras cosas. Pero lo que ya existe en el sector laboral privado, a menos que vayas y le digas a tu jefe 'Oye, recuerda que se implementó esta ley y tengo cinco días', no lo obtendrás. Ha habido muchos casos en los que no fue así, aunque algunos han tenido una muy buena experiencia. Es como si la implementación se hubiera atascado" (I7).

Esta situación no es exclusiva de esta ley en Chile. Hay una falta de recursos para poner en práctica otras leyes de género, como las políticas de género en la fiscalía o la Ley de Identidad de Género. Siendo Chile un país en desarrollo y considerando la situación socioeconómica nacional, esto explica esta carencia, por lo que queda mucho por hacer para avanzar en la reducción de las desigualdades.

7.2. Impactos en la dinámica familiar

Para responder al segundo objetivo específico, se observa en términos generales que los participantes consideraron que no hay cambios significativos o relevantes en la dinámica de las relaciones antes y después del matrimonio. Según la mayoría, los cambios identificados están relacionados con aspectos más externos. En este sentido, una persona señaló:

"No creo que haya sido por dentro. Creo que fue más bien el resto de la gente la que tal vez nos vio diferente y no tanto nosotros. O sea, decidimos casarnos porque teníamos nuestro primer hijo, pero porque sabíamos que queríamos estar juntos. Como si ya hubiéramos hecho todo el trabajo que imagino que lleva a la decisión de casarse" (I7).

Es posible argumentar que el matrimonio tiene una relevancia social y política para algunas personas dentro de la comunidad LGBTQ+.

7.2.1. Cambios en la comunicación y afectos

En particular, cuando se les preguntó sobre cambios en la dinámica de comunicación, hubo consenso en torno a la idea de que este tipo de transformaciones se deben al tiempo en la relación, y no al matrimonio en sí. Al respecto, un participante declaró que "no hay diferencia, y creo que puede ser porque cae en esa afinidad femenina."(I4)

Sin embargo, según algunos, la comunicación podría mejorar. Como expresó un participante: " Yo creo que algo que nos ha que ha fortalecido mucho nuestra relación es que tenemos una muy buena comunicación, muy transparente."(I2). Este comentario refleja un mayor nivel de compromiso y una disposición a hacer que la relación funcione.

De igual forma, durante las entrevistas, muchos participantes evitaron referirse a la dimensión afectiva. Sin embargo, cuando sí lo hicieron, se expresó una percepción compartida de que el matrimonio no cambia esta dimensión.

Reflexionando sobre los cambios en el afecto, algunos consideraron que se sienten más seguros en la relación. En este sentido, otro participante dijo: "Te sientes más responsable del otro y también te sientes más seguro que el otro... menos ansiedad." (I2). En este sentido, se podría afirmar que el afecto es una constante, o que no se ve afectado por el proceso, lo que indica que la normativa no interfiere en este aspecto de la relación.

7.2.2. Toma de decisiones

Cuando se les preguntó sobre la dinámica de toma de decisiones, hubo consenso en la percepción de que hay un equilibrio en la toma de decisiones en las parejas LGBTQ+, algo diferente a lo que ocurren en las heterosexuales, en cuestiones como la comida, los hijos y las mascotas. Argumentando sobre esto, una mujer expresó:

"Las decisiones siempre son autónomas y no tan equilibradas en la toma de decisiones. Creo que eso también es una ventaja interna. O sea, no sé si es una ventaja, pero mis amigas hétero siempre me preguntan al respecto. Los roles no están tan marcados como pueden estarlo en una familia heterosexual, donde siempre hay alguien que tiene el rol de proveedor o la persona que tiene más autoridad y la otra persona es más pasiva. Eso no sucede. Siento que en las relaciones de padres del mismo sexo... creo que es mucho más equilibrado. Y, al contrario, lo que nos pasó a nosotras con las decisiones es que comenzamos a tomar más decisiones, simplemente. Como más empoderamiento. Pero no es como si hubiera cambiado quién toma las decisiones, siempre ha sido un poco justo. Creo que lo único en lo que he sido más insistente, pero eso es por una característica mía, es que Poly es mucho más relajada con el tema de los ahorros o de ser ordenada con las cuentas. Yo soy supercuadrada, así que después de casarnos y pensar en planes más serios, como tener un hijo, he sido mucho más insistente respecto a los ahorros, las inversiones o en qué gastamos el dinero" (I4).

En cuanto a la toma de decisiones, algunos participantes indicaron que una persona toma la decisión después de que ambos discuten o hablan sobre un tema en el que se debe tomar una decisión, pero la mayoría coincide en que el matrimonio no cambia esta dinámica. Así, los cambios debido al matrimonio son más externos, específicamente en cómo las parejas son percibidas públicamente. Argumentando en esta línea, un participante afirmó:

"O sea, al final, el matrimonio no viene a cambiar ese tipo de cosas, pero cambiaría, no sé, si tuviera otro trabajo. Eso cambiaría la estructura de la toma de decisiones. La situación cambia frente a otras personas" (I3).

Por lo tanto, el matrimonio significa validación social. Por ejemplo, para algunos participantes, el matrimonio significa más seguridad en los lugares de trabajo y beneficios laborales. Sobre esto, un participante dijo:

"Por otro lado, en mi caso tengo un trabajo estable, con muchos beneficios para las personas que están casadas. Y dije: 'Estamos fregados'. Porque es como que todos los que están casados pueden disfrutar de esos beneficios y me encantaría que la comunidad también pudiera tener los beneficios que tengo hoy" (I9).

Este participante expresó explícitamente que el matrimonio implica y trae más beneficios económicos.

7.2.3. Crianza de hijos/paternidad

Algunos participantes declararon que se casaron específicamente para tener hijos. Para muchos, el matrimonio permite la formación de una familia con filiación de hijos, lo que ya no los convierte en hijos de segunda clase, aunque todavía existen desafíos en términos de reconocimiento social. Comentando sobre esto, uno expresó:

"Nuestra primera prioridad era poder proteger a nuestros hijos y darles los mismos derechos y asegurarles lo que es nuestro, los mismos derechos que tienen los hijos de otra familia" (I5).

Sin embargo, la ley promulgada todavía carece de reconocimiento de los derechos homoparentales de la crianza. En este sentido, una persona dijo:

"Ambas estamos con el bebé y alguien dice a ella o a mí: 'qué hermosa es tu hija, ¿cómo se llama?', y asumen que solo ella es la madre porque la tiene en brazos, no por maldad. No ve en la imagen la posibilidad de que ambas seamos las madres. ¿Me entiendes? Esto es un cambio cultural, empezar a ver que no todos tenemos que pensar en esto de una manera normal, pero que incluso nosotras lo vivimos de manera normal. Si veo a dos mujeres con una hija, tal vez ahora me sea menos difícil" (I7).

Por lo tanto, los cambios legales no son suficientes. Se necesita hacer más para educar y cambiar la cultura.

Por otro lado, hay algunos participantes que opinan que no desean tener hijos por elección, mientras que en otros casos ya los tienen o están a punto de tener hijos mediante fertilización y, en el caso de los hombres, están esperando una regulación sobre la gestación subrogada. Esto último implicaría la necesidad de ser validados socialmente para cumplir con objetivos como la procreación, uno de los fines del matrimonio para ser considerados como familia.

7.3. Discurso sobre los sistemas de creencias en torno al matrimonio

7.3.1. Definiciones y relevancia actual del matrimonio

Con relación al tercer objetivo específico, al abordar sus concepciones acerca del matrimonio, los participantes manifestaron opiniones tanto positivas como negativas. En primer lugar, el matrimonio se percibe como un acuerdo, un proyecto, pero también como una institución tradicional en Chile, que reproduce valores culturales. Reflexionando sobre esta visión, un participante expresó: "Que ha sido un espacio muy tranquilo... de familias tradicionales... como una institución para perpetuar modos sociales y culturas" (I1).

Aquí se presenta una visión del matrimonio como un contribuyente a la paz. Adicionalmente, existe una visión práctica del matrimonio. Reflexionando sobre esta percepción, un participante comentó: "Es como la consolidación de algo, y es sentir que efectivamente mi familia está validada legalmente" (I3).

También hay consenso en torno a la noción de que el reconocimiento legal conduce al reconocimiento social, por lo que se refiere tanto a lo práctico como a un ámbito simbólico para la aceptación de la igualdad de género.

Además, para algunos el matrimonio es otra etapa en la relación. Respecto a esta nueva etapa, una persona mencionó:

"Pero no, para mí el tema de casarme hoy tiene menos que ver con cómo la ley va a cuidarme y más con cómo he consolidado mi relación, cómo avanzó en la relación que tenemos, y cómo le digo a Wally que quiero que sea la persona con la que quiero pasar el resto de mis días, aunque después nos divorciemos. Pero pasa más por eso que por cómo la ley funciona y se aplica hoy en el matrimonio" (I9).

Así, el matrimonio tiene un significado más simbólico para algunas personas.

Igualmente, para algunos participantes, el matrimonio es un factor protector de la salud mental, como expresó uno:

"Creo que hoy permite que los niños vean un poco más allá, aquellos que de repente no entienden o que están en contextos o círculos muy cerrados donde les dicen las mismas cosas que las generaciones anteriores les dijeron, dónde pueden terminar casándose o en el armario toda su vida, o suicidándose. Creo que el hecho de que esta ley exista y que hagamos uso de ella es, de cierta manera, un factor protector para las siguientes generaciones, como contarles una historia diferente que quizás no se note ahora, pero se notará en varios años" (I7).

En consecuencia, podemos relacionar la aceptación social con la salud mental individual.

7.3.2. Características del matrimonio en Chile

Al desglosar estos discursos, los participantes consideraron el matrimonio como una institución heteronormativa y sexista. En palabras de un participante:

"También sentíamos que el matrimonio como institución tiene una carga patriarcal, histórica y sexista muy fuerte, no es que el matrimonio como institución nos represente, pero sentíamos que el AUC había sido un borrador muy pobre de derechos y claramente no incluía los derechos de adopción homoparental, ni el reconocimiento de las dos maternidades femeninas. Entonces, si queríamos tener hijos, la única opción era a través del matrimonio igualitario, pensando en el bien del niño. Es decir, pensando en que si muero en el parto, o si tengo un accidente, o lo que sea, ese niño estaría reconocido con las dos mamás que tenía legalmente. Esa fue la razón por la que queríamos casarnos" (I4).

Por otro lado, el matrimonio se entiende como una institución fuerte que otorga estatus social, es una posición social.

Para algunos, la definición social del matrimonio está cambiando en Chile. Actualmente, sin embargo, para algunos participantes estar casados se entiende como pertenecer a la sociedad.

Para algunos, el matrimonio también significa crear una unidad para pertenecer a nivel personal. Expresando esta idea, un participante comentó:

"Quiero decir, creo que después de eso viene, obviamente, todas las creencias más positivas que tienen que ver más con construir un hogar, pertenecer, crear una familia, que son todas las cosas que compartimos en valor con el concepto de matrimonio. Y que es lo mismo, o sea, para nosotras, como hay diferentes tipos de familias y queríamos algo que nos reconociera como tal. Entonces, también tiene todo ese lado bonito de constituirnos, básicamente, y ser visibilizadas como otro tipo de familia" (I4).

Además, para las parejas estudiadas, el matrimonio es un avance en la justicia social. En este sentido, una persona dijo:

"La gente preguntaba: '¿Pero por qué quieren casarse?' Es como... ¿porque hemos luchado siempre para ser percibidos como iguales? Entonces, no se trata solo del sacramento en sí y lo que significa legalmente, sino que es como la justicia social que conlleva tener, hoy, matrimonio igualitario. Es muy diferente. Pienso eso" (I4).

Así, el matrimonio se ve como una herramienta para construir paz y justicia. Indudablemente, el concepto de matrimonio en Chile ha sido transformado, expandiéndose a grupos históricamente excluidos.

7.3.3. Visibilidad

De acuerdo con lo anterior, el matrimonio hace visibles a las parejas no heterosexuales, reduciendo desigualdades en este sentido. Como señaló un participante:

"Entonces, para mí hay una carga de visibilidad muy fuerte. Quiero decir, tengo muy claro que somos la primera generación de familias homoparentales que van a ser visiblemente homoparentales, a diferencia de lo que pudo haber existido antes, que obviamente siempre hubo hijos de familias homoparentales, solo que no estaban legalmente registrados. Y eso tiene una carga política muy fuerte, como que eso me importa, como si hubiera tenido esos antecedentes o esas personas para mirar y decir, bueno, se puede hacer. Tal vez en mi adolescencia, hace quince años, no la habría pasado tan mal. Creo que el tema de la representación es muy fuerte, es muy necesario en todo sentido" (I4).

Es posible establecer que muchos participantes son activistas involucrados en las causas políticas de la comunidad LGBTQ+.

7.3.4. Posición y estatus social

En Chile, el matrimonio está relacionado con la condición socioeconómica, un privilegio de clase. Comentando sobre esto, un participante declaró:

"Entonces, es muy elitista. Porque recordé que el año pasado fuimos a la marcha de la igualdad y había un cartel que me molestó mucho, pero me hizo mucho sentido, que decía: 'mientras las lesbianas queer se están casando, en la población todavía nos están matando'. Entonces, dije, pucha, eso es fuerte porque finalmente hoy el matrimonio igualitario es un derecho de clase, es un privilegio de clase, lo sigue siendo. A pesar de que ya existe la legislación, la legislación no se aplica con el mismo respeto en todas partes. Quiero decir, me casé en el registro civil de Las Condes, la chica del registro civil que nos atendió era la primera vez que casaba a una pareja de chicas, pero fue muy delicada y muy respetuosa. Y dije: si viviera en Chonchi, en Chiloé, no sería lo mismo. Porque independientemente de las leyes, la capacitación, los registros civiles, o el uso de lenguaje inclusivo, o el mismo respeto que hay, en la práctica no es igual para todos. Entonces, por eso siento que finalmente el matrimonio igualitario hoy es algo que es una ley, pero es un privilegio de clase al cien por cien. Como miles de cosas en este país. Soy muy consciente de eso" (I4).

Así, el matrimonio coacciona a las personas para integrarse en la sociedad desde cierta norma preestablecida que se extiende excepcionalmente.

8. DISCUSIÓN

8.1. Percepciones divergentes sobre el matrimonio igualitario

Los datos dan cuenta de que para algunos participantes, a pesar de contraer nupcias, el matrimonio sigue siendo una estructura patriarcal y sexista para la comunidad LGBTIQ+, mientras que otros valoran el reconocimiento y la estabilidad que dicha institución proporciona.

A pesar de que el matrimonio entre personas del mismo sexo ha existido desde hace algunas décadas como parte de estructuras estatales, su aceptación ha sido lenta y solo en algunos países, y no necesariamente se condice con mejoras generalizadas de las poblaciones marginalizadas a partir de la sexualidad disidente.

En Chile, la falta de recursos asociado al hecho de ser un país en vías de desarrollo, limita avances en este tipo de derechos. Experiencias internacionales dan señal de que un aumento de recursos nacionales destinados al matrimonio, incrementa el número de beneficios para las personas (Piano et al., 2023).

Con esto, esta nueva dinámica establecida por el matrimonio entre personas del mismo sexo se entiende como un emblema de lucha social y un triunfo en la batalla por ser reconocidos socialmente, al mismo tiempo que puede, en su acción como régimen de veridicción, significar excepcionalidad que no soluciona o incluso ahonda dinámicas opresivamente violentas hacia la diversidad LGBTIQ+, donde hasta aparece la falta de presupuesto para que la institucionalidad en su conjunto pueda ponerse en marcha.

La persistencia de violencia homofóbica en Chile, incluso entre hombres homosexuales (Albornoz & Barrientos, 2024), evidencia que el reconocimiento legal no erradica las prácticas discriminatorias.

En este sentido, si bien se han registrado 6.850 matrimonios y 847 inscripciones de hijos/as de parejas del mismo sexo en Chile (MOVILH, 2025), estas cifras no necesariamente reflejan una transformación profunda en las condiciones de vida y seguridad de toda la comunidad. El mejor ejemplo es el Registro Civil (ver entrevista I4), pero también el aumento en un 78% en los casos de homo- y transfobia registrados entre 2013 y marzo 2025 y que se marca como el mayor retroceso desde el retorno a la democracia (Pérez, 2025).

8.2. Creencias, religiosidad y marcos normativos

En relación con los discursos y sistemas de creencias, los resultados ponen en discusión las cambiantes conceptualizaciones del matrimonio dentro de los mismos grupos escogidos, pero, a pesar de esto, se persiste. Este es un rasgo propio del análisis biopolítico donde los sujetos pueden legitimar sus experiencias aunque sean contradictorias, lo que refleja la capacidad de las personas para habitar simultáneamente marcos normativos y resistencias, en un continuo de negociación identitaria (Foucault, 2014).

Esto también puede ser aplicable a la transformación y traspaso de cierta normatividad religiosa hacia el Estado para hacerse un lugar de reconocimiento, donde el aparato estatal laico conserva parte del imaginario y del lenguaje moral heredado de tradiciones religiosas históricas.

En este sentido, las creencias religiosas y las identidades religiosas conservadoras, especialmente entre los protestantes evangélicos, se oponen al matrimonio entre personas del mismo sexo, afectando la actitud hacia políticas sociales como esta en países como Estados Unidos (Ratcliff & Haltom, 2023), lo que impacta los derechos LGBTQ+ y limita su ejercicio pleno.

En otros contextos, como China, un estudio cuantitativo también mostró cómo las creencias religiosas afectan las opiniones en contra de la no heterosexualidad, especialmente entre los cristianos en comparación con las religiones tradicionales chinas (Tung Suen et al., 2023), evidenciando que las configuraciones culturales y religiosas moldean de manera diferenciada la aceptación de la diversidad sexual.

En Chile, los cambios en la religiosidad, la pérdida de fieles/adeptos y, por lo tanto, de influencia de las iglesias en la vida de las personas (Valenzuela et al., 2013), han tenido un impacto en este contexto, lo que explica el traslado de la credibilidad y legitimidad de las personas hacia una fuerza estatal laica donde se conserva el espíritu, incluso el discurso, pero en un contexto y sujetos distintivos, las diversidades sexuales, que negocian su visibilidad y derechos dentro de un marco institucional que aún reproduce jerarquías y exclusiones.

8.3. Matrimonio igualitario y bienestar psicológico

En cuanto a la definición del matrimonio como un factor protector de la salud mental debido a que garantiza una pertenencia a la sociedad, una investigación en Taiwán, el primer país en Asia en legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo (Huang & Hang, 2023), vinculó este dispositivo con el bienestar.

Dicho estudio evidenció que la institucionalización del vínculo matrimonial no solo garantiza derechos legales, sino que también opera como un dispositivo simbólico que incide en la percepción de legitimidad y en la disminución de estigmas sociales, reforzando lo que Foucault (2014) denominaría un régimen de veridicción que otorga valor y reconocimiento a ciertas formas de vida.

Los resultados aquí presentados debaten que los matrimonios entre personas del mismo sexo fomentan la autoaceptación, la apertura en las relaciones románticas, la cercanía con los padres y la visibilidad y aceptación pública de las personas LGBTQ+, lo que contribuye a su bienestar relacional y a su propia corporalidad en esta sociedad.

Estos hallazgos son coherentes con la literatura que asocia la visibilidad social y la inclusión legal con una mayor protección frente a riesgos psicosociales, como la internalización de la homofobia o la ansiedad derivada de la discriminación (Albornoz & Barrientos, 2024).

Se puede argumentar que este tipo de matrimonio genera una sensación de paz y justicia, haciendo que las personas sientan que pertenecen, pero también que participan en un contrato social que, como advierte Bidaseca (2023), implica aceptar un marco normativo previamente establecido.

Estos patrones, observados en otros contextos, muestran que, si bien el reconocimiento legal puede tener efectos positivos en la salud mental y el bienestar social, también reproduce tensiones y condicionamientos normativos que se expresan de manera particular en cada país.

En Chile, estas tensiones se manifiestan en la forma en que el matrimonio igualitario se inserta en un entramado de gobernanza biopolítica, donde el reconocimiento jurídico coexiste con dispositivos históricos de regulación, exclusión y normalización de las identidades disidentes, configurando un escenario en el que la inclusión se negocia constantemente.

8.4. La biopolítica del "sí" matrimonial

Desde un enfoque de biopolítica, las principales discusiones pueden plantearse en forma de pregunta: ¿por qué algunas personas LGBTQ+ en Chile se están casando y qué entendieron que sucedió cuando lo hicieron?

Tal pregunta remite a lo que Salinas (2023) describe como la captura de las subjetividades disidentes dentro de un diagrama de poder que combina inclusión y regulación. Como muestran estos resultados, factores como la filiación y la herencia no son la única razón para hacerlo, pero este es el único cambio real, legalmente hablando. El AUC ya protege a las parejas, asegurando la ayuda mutua con el propósito de una vida en común, pero la mayoría de los entrevistados señalan esto como una razón (I2, I3, I5 y I7).

En términos foucaultianos, esta preferencia por el matrimonio frente al AUC puede interpretarse como un desplazamiento hacia una norma "más plena" en el imaginario social, aunque funcionalmente cumpla con objetivos similares en materia de derechos patrimoniales y cuidados. Por lo tanto, los hechos sobre la motivación, las dinámicas relacionales y los sistemas de creencias deben entenderse como un entramado complejo que lleva a las personas a decir "sí" para ser gobernadas por una ley estatal históricamente ajena a ellas.

Lo transforma en una instancia excepcional --en el sentido de Agamben, como un dispositivo que suspende la regla para otorgar un reconocimiento particular--, donde no todo el mundo debe casarse, pero la instancia del matrimonio se significa como parte esencial de la participación y reconocimiento social, aún sin afectar, por lo general, las dinámicas dentro de la pareja.

8.5. Sistemas de creencias y redefinición de lo aceptable

Por ello, debe decirse que el papel de los sistemas de creencias como creadores de verdades sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo en Chile es un punto central de este análisis. Los sistemas de creencias sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo moldean el comportamiento (Salinas, 2023), y en estos casos, incluso la creencia puede y debe cambiar con el propósito de adaptarse y proyectarse como una ley estatal funcional para una familia legítima (Foucault, 2014), lo que confirma que el reconocimiento legal no es neutral, sino que redefine los parámetros de lo aceptable e integrable en el orden social.

Esto se observa también en el modo en que las personas internalizan el matrimonio como un "deber ser" para consolidar su lugar en la sociedad, reconfigurando tanto sus prácticas como sus narrativas.

8.6. Hacia alternativas a la excepcionalidad matrimonial

Finalmente, abordar estos problemas, ponerlos en discusión en tanto variables y formas de legitimar la existencia, es urgente.

Se trata de una actitud que permite identificar, pensar y proponer desde la presencia de estas fuerzas contextualizadamente, antes de hacer un juicio de valor sobre quienes por diversos motivos aceptan la normalización matrimonial como personas LGBTIQ+.

Se trata de problematizar biopolíticamente en términos de gestión de la vida: cómo se administra, condiciona y produce la experiencia de las parejas del mismo sexo bajo un dispositivo que simultáneamente protege y regula.

Las propuestas alternativas a la excepcionalidad matrimonial parten de aquí y, como sugieren Mbembe & Martins (2023) desde la necropolítica, deben considerar que la inclusión en ciertos marcos legales no necesariamente desactiva las violencias estructurales.

Son tácticas que buscan enfrentar la subsunción de las existencias a través de dispositivos como el matrimonio igualitario, proponiendo imaginar formas de convivencia y reconocimiento que no dependan exclusivamente de su integración a un régimen normativo preexistente.

9. CONCLUSIÓN

Aunque la ley de matrimonio entre personas del mismo sexo se ha puesto en práctica, y da un sentido de ejercicio de poder y visibilidad, los resultados apuntan a que se requieren más cambios estructurales para consolidarla plenamente en una institucionalidad estatal sólida en términos de inclusión, que no se limite a la dimensión legal, sino que aborde también las desigualdades históricas y las violencias simbólicas que aún persisten (Albornoz & Barrientos, 2024). Queda abierta la pregunta de si esto es posible con el pasar del tiempo, especialmente considerando que el reconocimiento legal no siempre se traduce en una transformación profunda de las prácticas sociales ni en la erradicación de los prejuicios (Foucault, 2014; Salinas, 2023).

Particularmente, los cambios culturales están relacionados con modificar las formas binarias y heterosexuales de concebir el mundo. Esto implica que actores no tradicionales ocupen espacios en este ámbito y sean capaces de cambiar sus comportamientos históricos, sus prácticas, y de generar una verdadera igualdad de género. La presencia de estas fuerzas que diversifiquen las luchas es fundamental para que el matrimonio igualitario no sea el único horizonte de legitimidad, sino que se inscriba en un proyecto más amplio de justicia social e interseccionalidad, capaz de incluir realidades atravesadas por clase, raza, etnicidad, corporalidad y religión (Bidaseca, 2023; Mbembe & Martins, 2023).

En este sentido, se plantean como líneas de investigación futuras, estudios desde un paradigma cuantitativo y comparativo, para profundizar en la comprensión del impacto del matrimonio igualitario sobre la calidad de vida y la salud mental de las personas LGBTQ+ en Chile y América Latina. Asimismo, se considera necesario avanzar en el análisis del ejercicio de los derechos humanos en la región, atendiendo a las particularidades culturales y políticas de cada contexto, y en la exploración de estrategias que reduzcan las desigualdades estructurales. Tales líneas de trabajo pueden aportar insumos relevantes para el diseño de políticas públicas más inclusivas y sostenibles, que trasciendan la formalidad legal y se orienten hacia una transformación cultural duradera que favorezca el bienestar psicológico, la afirmación identitaria y la equidad social de las diversidades sexuales y de género.

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